Acta previa matrimonial. 2ª Ed.
Segunda edición actualizada. Una obra práctica para resolver todos los problemas que puedan surgir en la tramitación del procedimiento de autorización de matrimonio ante notarios.
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Autor: Fernando José Rivero Sánchez Covisa (Notario)
Prólogo: José Ángel Martínez Sanchiz (Notario. Presidente Consejo General del Notariado).
Editorial: Basconfer
Edición: 2ª Ed. Diciembre 2.022
ISNB: 9788409448586 / 548 Págs
P.V.P. 81,73 € + 4% IVA
Prólogo: José Ángel Martínez Sanchiz (Notario. Presidente Consejo General del Notariado).
La presente obra realiza un estudio completo del acta previa matrimonial. La entrada en vigor de la Ley 20/2021, del Registro Civil, con una incipiente implantación del Registro Civil electrónico, y la ausencia de un nuevo Reglamento del Registro Civil ajustado a la nueva ley, generan problemas de incardinación de un expediente, esencialmente administrativo, en la forma documental notarial. Este libro trata de resolver dichos problemas, tomando como fundamento la doctrina y disposiciones administrativas de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en esta materia.
Actualizado con la Ley 8/2021, de 2 de Junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, y las Instrucciones DGSJyFP de 3 de Junio, 9 de julio y 16 de septiembre de 2021, sobre la tramitación del procedimiento de autorización de matrimonio ante notarios".
ÍNDICE
PRÓLOGO
I. INTRODUCCIÓN
II. NORMATIVA REGULADORA DE LA ACTA PREVIA MATRIMONIAL
III. COMPETENCIA DEL NOTARIO
1. SUPUESTOS DE INTERVENCIÓN DEL NOTARIO: COMPETENCIA FUNCIONAL
2. COMPETENCIA TERRITORIAL DEL NOTARIO
A) Matrimonio a celebrar en forma civil ordinaria o en la forma religiosa no canónica
B) Acta de comprobación de validez del matrimonio celebrado en peligro de muerte
3. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDAD
4. IMPERATIVIDAD DEL ACTA PREVIA MATRIMONIAL PARA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO ANTE NOTARIO EN FORMA CIVIL ORDINARIA
5. INTEROPERABILIDAD ENTRE NOTARIOS Y ENCARGADOS DEL REGISTRO CIVIL
IV. CONCEPTO DE DOMICILIO COMO DETERMINANTE DE LA COMPETENCIA DEL NOTARIO
a) Concepto y prueba del domicilio
b) Medios de desvirtuar la prueba inicial del empadronamiento
c) Es indiferente que dicha residencia en España sea legal o ilegal
d) El domicilio puede utilizarse como dato base para deducir la existencia de un matrimonio simulado
e) La falta de domicilio de uno de los contrayentes en la jurisdicción del instructor es determinante de la incompetencia del instructor y causa de finalización del acta previa matrimonial
V. CONSIDERACIONES PREVIAS
a) El procedimiento de autorización matrimonial es único y se tramita con ambos contrayentes
b) Remisión al Notario de cualquier referencia al instructor
c) El acta previa matrimonial se tramita de forma personal con los contrayentes
d) Incompatibilidad de actas o expedientes simultáneos
e) No será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal
f) El principio pro nubendi
g) Intérprete
h) Testigos instrumentales
VI. FINALIDAD DEL ACTA PREVIA MATRIMONIAL
VII. CAPACIDAD E IMPEDIMENTOS MATRIMONIALES
1. CAPACIDAD/APTITUD PARA CONTRAER MATRIMONIO
1.1. Consentimiento matrimonial
a) ¿Qué es el consentimiento matrimonial?
b) Prestación del consentimiento matrimonial como acto personalísimo
1.2. Discapacidad
a) Antecedentes legislativos y jurisprudenciales1
b) Interpretación del actual texto del artículo 58 de la Ley 20/2011
c) Contenido de las medidas de apoyo:
1.3. Emisión del dictamen médico a instancia del Notario
2. CUESTIONES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO .
2.1. Punto de partida: en materia de Derecho Internacional Privado no tenemos una norma expresa en concepto de “lex matrimonii”
2.2. Determinación de ley aplicable a cada materia sujeta a Derecho Internacional Privado
2.2.1. Ley aplicable a la capacidad: el art. 9.1 CC
2.2.2. Ley aplicable a la forma de celebración del matrimonio: arts. 49 y 50 CC
2.2.3. Ley aplicable a las medidas de apoyo
2.2.4. Ley aplicable al consentimiento
2.3. Cuestión del reenvío
2.4. Especial consideración de los matrimonios entre personas del mismo género o sexo
3.-MEDIOS DE PRUEBA DE LA CAPACIDAD DEL OTORGANTE EXTRANJERO
3.1. Medio habitual o preferente: el certificado de capacidad matrimonial
3.1.1. Convenio no 20 de Munich de 5 de septiembre de 1980
3.1.2. Al margen de este Convenio no 20 de Munich
3.1.2.1. En el ámbito de la Unión Europea
3.1.2.2. Resto de países no comunitarios que no hayan ratificado el Convenio de Munich
3.2. Ausencia de certificado de capacidad matrimonial.- Medios de prueba del derecho extranjero
3.2.1. Normas de la unión europea y acuerdos internacionales relevantes
3.2.2. Normas especiales de Derecho interno
3.2.3. Medios supletorios y alternativos de la prueba del Derecho extranjero: medios propios de la Ley 29/2015
3.3. Consecuencias de la falta de prueba del derecho extranjero
4. ORDEN PÚBLICO INTERNACIONAL ESPAÑOL
5. IMPEDIMENTOS EN LA LEGISLACIÓN CIVIL ESPAÑOLA
5.1. Impedimentos absolutos: edad y ligamen
5.1.1. Impedimento de edad: regulación vigente
5.1.2. Impedimento de ligamen
5.2. Impedimentos relativos
5.3. Dispensa de ciertos impedimentos
5.4. El Convenio de París de 10 de septiembre de 1964, de la CIEC, para facilitar la celebración de matrimonio en el extranjero
5.5. Dudas o indicios “sin certeza”
5.6. Datos sujetos a publicidad restringida
VIII. TRÁMITES DEL ACTA PREVIA MATRIMONIAL
1. REQUERIMIENTO INICIAL
a) Contenido del requerimiento
b) Sujeción a turno
c) Realización del requerimiento inicial por medio de apoderado o por medio de ratificación
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON EL REQUERIMIENTO INICIAL
2.1. RELATIVOS A LA IDENTIDAD DEL CONTRAYENTE
2.2. DOCUMENTOS RELATIVOS AL DOMICILIO DE LOS CONTRAYENTES
2.3. DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DEL ESTADO CIVIL Y NACIONALIDAD DEL CONTRAYENTE
2.3.1. Nacionalidad
2.3.2. Datos relativos a su estado civil
2.3.2.1. Régimen previsto en la Ley 20/2011, del Registro Civil
2.3.2.2. Régimen transitorio
2.3.2.2.1. Hasta la implementación completa del DICIREG, es especialmente relevante lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la LRC 2011, tal y como ha quedado redactada por la Ley 6/2021, de modificación del Registro Civil
2.3.2.2.2. Incluso la plena aplicación del DICIREG en aquellos Registros en los cuales inicialmente funcione, puede ser insuficiente hasta que no transcurra un cierto tiempo desde la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil de 2011 para obtener “toda” la información de los folios personales de los contrayentes
2.3.3. Dispensa de impedimento matrimonial
2.3.4. Certificado de antecedentes penales
2.3.5. Certificados literales de nacimiento de los hijos comunes de ambos contrayentes (y descendientes de estos hijos comunes) o al menos la reseña de sus datos identificativos
2.3.6. Documentación relativa a extranjeros
2.3.6.1. Documentación acreditativa de su capacidad matrimonial y la inexistencia de impedimentos extranjero (estado civil de soltero, viudo o divorciado)
2.3.6.2.1. Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil
2.3.6.2.2. Legalización y traducción
2.3.6.2.3. Cautelas: prevención del fraude documental
3. AUDIENCIA RESERVADA A LOS CONTRAYENTES
4. DECLARACIÓN TESTIFICAL O DILIGENCIA SUSTITUTORIA
5. OTRAS PRUEBAS O DILIGENCIAS
6. RESOLUCIÓN FINAL
IX. EXAMEN ESPECIAL DE LA AUDIENCIA DE LOS CONTRAYENTES
1. Finalidad
2. Trámite esencial y obligado
3. Matrimonio simulado
4. Requisitos de la audiencia de los contrayentes
5. Herramientas para apreciar la “simulación”: el juego de las presunciones
a) Preguntas cruzadas
b) Actitud del contrayente en la respuesta al cuestionario
c) Evidencias de preparación de la audiencia
d) Evaluar contradicciones no sólo con las respuestas del otro contrayente sino con las declaraciones del propio contrayente o con las declaraciones de los testigos
e) Desconocimiento de los testigos
f) Contradicciones con otras pruebas presentadas
g) Posibilidad de reiterar la audiencia a uno o a ambos contrayentes
h) Constancia documental del cuestionario
i) Incidencias: contrayente no sabe o no puede leer o escribir, o no sabe o no puede firmar
j) Copias
k) Retroacción
X. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DEAUTORIZACIÓN MATRIMONIAL: EL ACTA DE DECISIÓN
1. FORMA NORMAL U ORDINARIA
1.1. JUICIO POSITIVO (FAVORABLE A LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO)
1.2. JUICIO DESFAVORABLE O NEGATIVO
1.4. Designación de autoridad o funcionario que celebre el matrimonio
2. FORMAS ANORMALES DE LA TERMINACIÓN DEL ACTA PREVIA MATRIMONIAL
3. CADUCIDAD DE LOS EFECTOS DE UN PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN MATRIMONIAL CONCLUIDO FAVORABLEMENTE
3.1. El Artículo 58 de la ley del Registro Civil
3.2. Matrimonio celebrado en forma religiosa prevista en el artículo 58 bis apartado 2o de la ley 20/2011
3.3. El certificado de capacidad para contraer matrimonio en el extranjero igualmente está sujeto al plazo de caducidad de 6 meses desde su expedición
4. ACTUACIONES UNA VEZ CONCLUIDO EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN MATRIMONIAL
4.1. Expedición y remisión de copias
4.1.1. Regla general
4.1.2. Reglas especiales
4.2. Expedición de certificados de capacidad matrimonial
4.2.1. Matrimonio en forma religiosa no canónica
4.2.2. Matrimonio a celebrar en el extranjero
4.3. Expedición y remisión de copias del acta de decisión cuando el resultado del procedimiento de autorización matrimonial es favorable
XI. DETERMINACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL EN EL ACTA DE DECISIÓN
1. OBLIGACIÓN LEGAL
2. FUNDAMENTO
XII. MATRIMONIOS ESPECIALES Y SU REPERCUCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO NOTARIAL DE AUTORIZACIÓN MATRIMONIAL
1. MATRIMONIO POR APODERADO
1.1. Presupuestos del matrimonio por apoderado
2. MATRIMONIO EN PELIGRO DE MUERTE
2.1. Competencia para celebrar el matrimonio en peligro de muerte
2.2. El matrimonio se celebra sin necesidad de tramitar el acta previa matrimonial
2.3. Peligro de muerte .
2.4. Requisitos
2.5. Retractación
2.6. Acta de comprobación de los requisitos de validez del matrimonio
3. MATRIMONIO SECRETO
ANEXO 1: CLASIFICACIÓN DE PREGUNTAS DEL CUESTIONARIO ORIENTATIVO SEGÚN TIPO DE DATOS
ANEXO 2: PRONTUARIO RESOLUCIONES AUDIENCIA CONTRAYENTES: MATRIMONIO SIMULADO